Renta persona jurídica - Diana

Hola, tengo estas tres preguntas para Diana:

  1. Qué es el impuesto depurado y la utilidad depurada?
  2. Cuáles son los descuentos tributarios más comunes?
  3. Si no me generan los certificados de retención no me puedo tomar esas retenciones en la declaración?

Buenas tardes Juan

  1. Estos dos términos aparecen en la reforma tributaria para el año gravable 2023 (ley 2277 de 2022), quedando consagrado en el Parágrafo 6 del articulo 240 del Estatuto tributario, que hacen referencia al calculo de la Tasa mínima de tributación.
    El impuesto depurado es el resultado de sumar el impuesto neto de renta (INR) con los Descuentos tributarios (DTC) restando el impuesto sobre la renta por rentas pasivas provenientes del exterior (IRP)
    ID= INR+DTC-IRP

La utilidad depurada (UD) esta dada de la siguiente manera:
UD= UC+DPARL-INCRNGO-VIMPP-VNGO-RE-C
Donde:
UC= Utilidad contable antes de impuestos
DPARL= Diferencias permanentes
INCRNGO= Ingreso no constitutivo de renta ni ganancia ocasional
VIMPP= Ingreso Método de participación patrimonial
VNGO= Valor neto de ingreso por ganancia ocasional
RE= Rentas Exentas
C= Compensación de perdidas fiscales o excesos de renta presuntiva

De modo que el ID y la UD dan lugar a la Tasa de tributación depurada (TTD) asi;
ID/UD = TTD

  1. los dos descuentos tributarios mas comunes eran:

El impuesto de industria y comercio (ICA) efectivamente pagado y las donación realizadas a entidades sin animo de lucro pertenecientes al Régimen tributario especial

El descuento de ICA es del 50% y los descuentos por donación son del 25%

sin embargo la reforma tributaria para el año gravable 2023 cambia el tratamiento del ICA efectivamente pagado de descuento tributario a deducible por lo que quedaríamos solo con las donaciones como descuento tributario mas común.

  1. Para el tema de los certificados de retención en la fuente que no fueron enviados por parte de los clientes, pero que al momento del pago se evidencia que se practico la retención, con el soporte del mismo (extracto bancario o recibo de pago), se puede reconocer la retención en la declaración de renta del contribuyente