¡Bienvenidos a nuestro foro Alegra Community!
En este espacio estaremos desarrollando nuestra sesión de preguntas y respuestas con Pedro Medina y Natanael Bravo de @batscontadoresmx sobre el tema: Generalidades del RESICO:
- ¿Quién puede tributar?
- Cuidados a tener en cuenta
- Cambios para 2024 y 2025
Los invitamos a dejar sus preguntas y @batscontadoresmx las estarán respondiendo el 10 de octubre a las 11:00 a.m. por este medio.
¡Aprovechemos este espacio!
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Quiénes pueden optar por el Régimen Simplificado de Confianza? Graaacias.
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Mi duda es más, sobre cuáles son los requisitos para poder tributar en el RESICO.
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qué cuidados debo tener en cuenta si decido tributar en el RESICO?
Habrán cambios en el RESICO para 2025???
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Y otra duda que tengo es si posible cambiarse al RESICO en cualquier momento del año. Gracias por sus respuestas.
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cuales vendrían siendo los beneficios reales si se decide tributar en el RESICO. gracias.
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Entonces para el año 2025 ya no presentarán declaración anual? Esta facilidad también aplica para persona moral?
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Hola, Contadores
Espero me puedan apoyar, tengo el caso de un cliente que lo cambiaron de RESICO a Act. Empresarial por no cumplir con sus obligaciones a tiempo.
Mi duda es, ahorita que se da la opción del retorno a RESICO,
Qué pasa? tendría que cumplir sus pagos de impuestos en ACT EMPRESARIAL y luego solicitar el reingreso? o se puede solicitar y pagar impuestos que tenia pendiente pero ya en RESICO?
Y para el reingreso se debe de hacer dentro de 2024 o ya iniciando 2025, entendí que teniamos que meter una aclaración
Les agradezco sus respuestas
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Buen día,
Otra duda el pago definitivo en RESICO sería como en plataformas? que en cuestión de IVA no permite meter deducciones?
Y en caso de que se quiera solicitar ese tipo de pago sería dentro del año o ya empezando 2025?
Les agradezco su respuesta
Muchas gracias por su apoyo con el foro,
Quisiera saber por último, qué pasa con los socios de P. Morales podrían ingresar a RESICO
cuando la empresa a la que pertenece ya no tiene operaciones y se encuentra suspendida o sólo hasta que haya presentado un aviso de cancelación de RFC
Gracias
Hola,
Si actualmente ya no tributo en RESICO, sólo en sueldos y salarios (2024), pero en 2023 me sacaron de RESICO por no cumplir con obligaciones durante 2022 y 2023.
En caso de presentar aviso para regresar a RESICO por 2022 y 2023 ¿Puedo solicitar la devolución de ISR que ya he pagado con otro régimen?
Buen día
Me pregunta es la siguiente:
Si soy socio de una persona moral régimen fines no lucrativos y no recibo remanente distribuible puedo ser resico?
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Cuales son las deducciones que aplican para resico?
¡Hola! Gracias por tu pregunta.
El Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) para personas físicas está dirigido a quienes realicen las siguientes actividades:
- Actividades empresariales (comerciantes, emprendedores, etc.)
- Actividades profesionales (prestadores de servicios como doctores, contadores, etc.)
- Arrendamiento de bienes inmuebles (renta de propiedades).
Para poder optar por el RESICO, debes cumplir con los siguientes requisitos:
- No pertenecer a una persona moral.
- Tus ingresos del ejercicio anterior no deben haber superado los $3.5 millones de pesos (MDP).
- No recibir ingresos asimilados a salarios.
- No tributar en el régimen de plataformas digitales.
Si tienes más dudas, no dudes en preguntar por aquí.
¡Con gusto te ayudamos!
-P
Hola Daniela!
Los RESICO no aplican deducciones. Dado que el ISR se calcula con un porcentaje aplicado sobre los ingresos, no hay oportunidad de aplicar deducciones.
En el tema de la declaración anual, tampoco, pues la declaración que los RESICO presentan cada año es un ajuste.
El único modo en que un RESICO puede aplicar deducciones sería al combinar el régimen de RESICO con algún otro que pueda presentar anual, por ejemplo RESICO + Sueldos y Salarios. En la declaración anual de Sueldos y Salarios podrían aplicar la deducción personal, solo recuerda pedir los CFDI con el régimen fiscal de Sueldos y Salarios.
¡Saludos!
BATS.
¡Hola! Gracias por tu participación en el foro.
Para poder tributar en el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) como persona física, es necesario cumplir con los siguientes requisitos:
- Ser mayor de edad.
- Contar con la e.firma vigente para presentar tus declaraciones.
- No ser socio o accionista de una persona moral.
- Tener activo tu Buzón Tributario y asegurarte de que esté habilitado para recibir notificaciones del SAT.
- No recibir ingresos asimilados a salarios, como pueden ser sueldos o ingresos por honorarios que se pagan bajo esta modalidad.
- Que tus ingresos del año anterior no hayan excedido los $3.5 millones de pesos (MDP).
Además de estos requisitos, ten en cuenta que el RESICO ofrece beneficios fiscales, como una tasa de ISR más baja que va del 1% al 2.5% sobre los ingresos cobrados. Este régimen también simplifica las obligaciones fiscales, lo que puede facilitar el cumplimiento de tus declaraciones.
Si tienes más dudas o necesitas más información, no dudes en preguntar.
¡Estamos aquí para ayudar!
-P
El porcentaje que se aplica sobre los ingresos para calcular el isr varía?
Y en cuanto al calculo del iva como aplica para resico?
Que tal Jorge,
Sí, es posible ser RESICO siempre no recibas el remanente distribuible de la persona moral con fines no lucrativos de la que eres socio, esto con funamento en la Resolución Miscelanea Fiscal para 2024, regla 3.13.9.
Saludos!
BATS.
Muchas gracias por participar Daniela
Sí, el porcentaje de ISR en el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) para personas físicas varía de acuerdo con los ingresos efectivamente cobrados. Las tasas son progresivas y van del 1% al 2.5%, aplicándose de la siguiente manera:
Ingresos Mensuales | Tasa de ISR Aplicable
$0.01 a $25,000 MXN | 1.0%
$25,001 a $50,000 MXN | 1.10%
$50,001 a $83,333 MXN | 1.50%
$83,334 a $208,333 MXN | 2.0%
$208,334 a $291,666 MXN | 2.50%
Esto significa que mientras mayores sean tus ingresos mensuales, el porcentaje de ISR que pagarás aumentará, aunque sigue siendo una tasa reducida en comparación con otros regímenes.
¿Cómo aplica el cálculo del IVA en RESICO?
El cálculo del IVA en RESICO se realiza de manera similar a otros regímenes fiscales. Si tus actividades están gravadas con una tasa del 16% o 0% de IVA, deberás emitir facturas con IVA a tus clientes. El cálculo mensual del IVA a pagar es el siguiente:
- IVA a pagar = IVA de mis ventas (cobrado a tus clientes) - IVA de mis gastos (pagado a proveedores).
Si el IVA de tus gastps es mayor que el IVA de tus ventas, generarás un saldo a favor, que podrás utilizar en declaraciones futuras.
-P
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